Vertimientos puntuales: qué exige la Resolución 631 de 2015

Por Cristian Malagón, ingeniero ambiental, director de operaciones · Actualizado el 29 de septiembre de 2026

La Resolución 631 de 2015 del Ministerio de Ambiente fija los parámetros y los valores límite que deben cumplir los vertimientos puntuales a ríos, quebradas y lagos, y a los sistemas de alcantarillado público. Rige desde el 1 de enero de 2016.

¿A quién aplica?

A quien descarga aguas residuales de forma puntual a cuerpos de agua superficiales o al alcantarillado público. No aplica a vertimientos al mar ni al suelo, que tienen sus propias normas.

Fuente: Resolución 631 de 2015, Ministerio de Ambiente

Límites por actividad

La resolución separa aguas residuales domésticas y no domésticas, y fija parámetros distintos según la actividad productiva: minería, hidrocarburos, alimentos y bebidas, fabricación y manufactura, servicios, agroindustria y ganadería, entre otras. Por eso el primer paso es ubicar el artículo que corresponde a su actividad.

  • Temperatura máxima del vertimiento: 40 °C para todas las actividades.
  • Al alcantarillado público, los límites de DQO, DBO₅, sólidos suspendidos, sólidos sedimentables y grasas y aceites son 1,5 veces los fijados para cuerpos de agua superficiales.
  • El pH al alcantarillado debe estar entre 5,0 y 9,0.

Muestreo y análisis

Según el Decreto 1076 de 2015, los análisis de las muestras los debe hacer un laboratorio acreditado por el IDEAM, y el muestreo debe seguir el Protocolo de monitoreo de vertimientos.

Vivambiental está acreditado para el muestreo de agua y las mediciones in situ (pH, temperatura, conductividad y oxígeno disuelto, entre otras). Los análisis de laboratorio de los parámetros de la Resolución 631 no hacen parte de nuestro alcance acreditado y deben realizarse en un laboratorio acreditado por el IDEAM para cada parámetro.

Fuente: Decreto 1076 de 2015, artículo 2.2.3.3.5.2

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo rige la Resolución 631 de 2015?
Desde el 1 de enero de 2016.
¿Los límites al alcantarillado son iguales a los de un río?
No. Para DQO, DBO₅, sólidos suspendidos, sólidos sedimentables y grasas y aceites se aplican 1,5 veces los límites fijados para cuerpos de agua superficiales, y el pH debe estar entre 5,0 y 9,0.
¿Quién debe analizar las muestras de un vertimiento?
Un laboratorio acreditado por el IDEAM, según el Decreto 1076 de 2015. El muestreo debe seguir el Protocolo de monitoreo de vertimientos.

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